Política de patrocinio
Normas de la política de patrocinio de AC S.A.
Si quieres solicitar un patrocinio a la empresa AC, descarga el formulario de solicitud, rellena todos los datos necesarios y envíalo por correo electrónico a: marketing@ac.com.pl junto con toda la información adicional relevante para el proyecto. La solicitud será analizada y evaluada por la Junta Directiva de la empresa y, tras una verificación positiva, nos pondremos en contacto contigo para iniciar la colaboración.
Solicitud de patrocinio
Solicitud de patrocinio - PDF
Normas de la política de patrocinio de AC S.A.
Este documento establece las normas generales relativas a las actividades de patrocinio y otras de naturaleza similar en AC S.A., con sede en Białystok, en adelante, «la Sociedad». Por «actividades de patrocinio», la Sociedad entiende aquellas acciones transparentes destinadas a obtener beneficios mutuos para el patrocinador (la Sociedad) y la entidad patrocinada. Esta política es pública y se publicará en la página web de la Sociedad.
1. La Sociedad lleva a cabo actividades de patrocinio basándose en esta política, en la legislación vigente y en las normas de convivencia social, teniendo en cuenta los principios de responsabilidad social corporativa.
2. Entre los principales objetivos de las actividades de patrocinio llevadas a cabo por la Empresa se incluyen, en particular:
a) la promoción (difusión y refuerzo) y el aumento del prestigio y el valor de la empresa AC y de la marca STAG, mediante el aumento de su notoriedad y de su alcance,
b) el aumento de las ventas de los productos de la Empresa y la consecución de rentabilidad, así como la promoción de nuevos productos de la Empresa,
c) crear la imagen de la empresa, asociándola a las percepciones positivas del patrocinador,
d) apoyar las actividades promocionales y comerciales, incluyendo el posicionamiento y la presentación del logotipo de la empresa u otras marcas registradas,
e) hacer llegar el mensaje a entidades y entornos relevantes para la empresa,
f) construir la reputación de la empresa, ganarse el reconocimiento y la simpatía de la opinión pública y mejorar la percepción mediática de la empresa.
3. En el marco de sus actividades de patrocinio, la empresa apoya proyectos concretos (acciones o eventos) sobre todo de ámbito local, siendo su principal objetivo apoyar iniciativas relacionadas con el entorno más cercano de la empresa. La empresa apoya iniciativas, en particular, en las siguientes áreas:
a) deporte y actividad física, incluyendo el apoyo a iniciativas para el desarrollo del deporte del motor (automovilístico),
b) cultura, incluyendo:
- educación, incluyendo el apoyo a iniciativas educativas en el ámbito de la automoción y las fuentes de energía alternativas,
- seguridad, especialmente en materia de seguridad vial,
c) medios de comunicación: desarrollo de iniciativas que refuercen la imagen de AC S.A. como empleador atractivo.
4. Las actividades de patrocinio de la empresa no pueden referirse a proyectos de carácter controvertido, político, religioso, confesional, ideológico, discriminatorio, racista ni que infrinjan la ley o las normas sociales generalmente aceptadas. La empresa no tendrá en cuenta las solicitudes de apoyo a las iniciativas mencionadas. Se recomienda que la actividad de patrocinio no esté vinculada a ninguna otra relación comercial entre el patrocinador y el patrocinado, en particular a la celebración de otra transacción comercial, como por ejemplo un contrato de venta de bienes y/o servicios entre el patrocinado y la empresa, así como que el patrocinio no incluya, directa o indirectamente, a funcionarios públicos ni a personas que desempeñen funciones públicas, salvo que disposiciones específicas lo permitan expresamente. Además, queda prohibido patrocinar, directa o indirectamente, a organizaciones políticas.
5. A la hora de elegir una iniciativa, la empresa debe tener en cuenta en cada caso el potencial promocional, incluido el relacionado con la creación de una imagen positiva de la empresa, asegurándose de que dicha actividad le reporte un beneficio de marketing equivalente.
6. La entidad patrocinada, a cambio de la realización de las prestaciones promocionales o publicitarias acordadas en favor de la empresa, recibe apoyo en especie, en forma de servicios o financiero, destinado a cubrir los costes totales o de un ámbito específico de los trabajos relacionados con la organización y la ejecución del proyecto patrocinado.
7. Las decisiones sobre la concesión de apoyo patrocinador serán tomadas por la Junta Directiva de AC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9, en cada caso previa solicitud por escrito del interesado. Dicha solicitud deberá incluir, en particular:
a) los datos del solicitante junto con sus datos de contacto, incluyendo página web y Facebook,
b) información detallada sobre el proyecto previsto, teniendo en cuenta la experiencia previa del solicitante en la realización de ediciones anteriores o de otros proyectos similares, es decir: la idea principal y el objetivo del proyecto (social, promocional, etc.), sus beneficiarios o grupos de beneficiarios, las medidas organizativas adoptadas para su realización, los resultados previstos, la fecha prevista y el calendario de ejecución del proyecto, el coste total y las fuentes de financiación, otros patrocinadores que apoyan el proyecto,
c) el tipo de apoyo que esperas, incluyendo el presupuesto propuesto,
d) el paquete de patrocinio propuesto (por ejemplo, la presentación de la empresa y su logotipo en materiales impresos, soportes publicitarios, medios de comunicación, Internet, el espacio público o el lugar de ejecución del proyecto, otras acciones promocionales),
e) las acciones de comunicación previstas (es decir, información sobre cómo se dará a conocer el proyecto, qué medios participarán en la comunicación, cuál es el alcance previsto de la comunicación) y
f) la indicación de los beneficios cuantificables para la empresa derivados del patrocinio.
Las cantidades solicitadas para el patrocinio deben estar justificadas de forma razonable y objetiva.
8. Las solicitudes de apoyo en forma de patrocinio deben ser tramitadas por la Junta Directiva de la empresa sin demoras innecesarias, a más tardar en un plazo de 30 días a partir de la fecha de su recepción.
9. La decisión de conceder apoyo de patrocinio en forma de materiales informativos, promocionales o publicitarios por un valor que no supere los 2.000 PLN (en letras: dos mil zlotys) puede tomarla la persona que dirige el Departamento de Marketing. El apoyo se concede sobre la base de una solicitud de patrocinio, sin necesidad de celebrar el contrato mencionado en el apartado 10.
10. El patrocinio se concederá exclusivamente sobre la base de un contrato de patrocinio por escrito, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9, en el que se especifique el alcance detallado de la colaboración entre la Sociedad y el patrocinador en el marco de la iniciativa en cuestión, así como todos los derechos y obligaciones recíprocas de las partes, incluida la obligación del patrocinador de realizar determinadas prestaciones promocionales o publicitarias en beneficio de la Sociedad. Dicho contrato deberá incluir cláusulas que autoricen a la Sociedad a rescindirlo en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones por parte del patrocinado. La vigencia de dicho contrato no podrá exceder de un año. Los contratos deberán acordarse y firmarse antes del inicio de las actividades de patrocinio.
11. En los contratos de patrocinio, la Sociedad (el patrocinador) debe tener garantizada la posibilidad de suspender inmediatamente la financiación de las actividades del patrocinado en caso de que surja una sospecha fundada de infracción de la ley en el ámbito cubierto por el contrato, de que se produzca un conflicto de intereses, de que se dé un caso de corrupción u otras circunstancias a las que se refiere el punto 4, así como en caso de un deterioro significativo de la situación financiera de la empresa. El contrato de patrocinio debe incluir cláusulas que permitan a la empresa (el patrocinador) supervisar los gastos del patrocinado. En particular, es una buena práctica incluir en los contratos una lista de los gastos a los que se podrán destinar los fondos recibidos de la empresa (el patrocinador). Además, en el contrato de patrocinio se debe garantizar a la empresa el derecho a consultar la documentación relacionada con la ejecución del contrato (derecho de auditoría), así como el derecho a exigir la devolución de cualquier pago relacionado con la ejecución del contrato de patrocinio en caso de sospecha fundada de infracción de la ley por parte de la entidad patrocinada.
12. AC S.A. tiene derecho, durante un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha de entrega de la ayuda, a verificar el desarrollo del proyecto patrocinado, incluida la forma en que se utiliza la ayuda (en particular, la conformidad del gasto de los fondos con el objetivo especificado en la solicitud y/o el contrato).
13. El patrocinada que no pueda o no vaya a poder cumplir con todas o algunas de las obligaciones indicadas en la solicitud de apoyo y/o en el contrato, incluida la realización del proyecto patrocinado, está obligado a notificarlo inmediatamente a AC S.A. y, a petición de AC S.A., a devolver la totalidad o parte de la prestación recibida a la cuenta bancaria de AC S.A.
14. Las actividades de patrocinio llevadas a cabo por la empresa estarán sujetas a una evaluación y supervisión constantes por parte del Consejo de Administración de la empresa. En particular, se evaluará la eficacia de las actividades de patrocinio. La empresa mantendrá un registro de entidades patrocinadas, en el que se revelarán las condiciones relevantes del patrocinio.
15. En casos especialmente justificados, el Consejo de Administración de AC podrá hacer una excepción a esta política.